La transmisión ACE AMS es el envío electrónico de la declaración de carga (el manifiesto) a la Aduana y Protección Fronteriza de EE. UU. (CBP) antes de que la carga con destino a Estados Unidos se cargue en el puerto extranjero. La naviera que opera el buque está obligada a enviarla, y un NVOCC puede transmitir sus propios conocimientos de embarque hijos si cumple las condiciones de CBP.
Son dos siglas que se usan como si fueran una. El Automated Manifest System (AMS) es el nombre que todavía usa el reglamento para el canal electrónico de manifiestos de CBP, y el Automated Commercial Environment (ACE) es la plataforma donde CBP lo procesa hoy. CBP describe ACE como la “ventanilla única” de EE. UU. para el comercio, incluidos los datos de manifiesto (CBP: Automated Commercial Environment). En la oficina, “transmitir el AMS”, “mandar el ACE” o “enviar el manifiesto” quieren decir lo mismo: enviar a CBP la declaración de carga de cada conocimiento de embarque.
La declaración de carga es el equivalente electrónico del formulario CBP 1302. Incluye cada conocimiento de embarque del buque con su embarcador, consignatario, descripción, cantidad, peso, contenedor y sello. CBP la usa para evaluar el riesgo de la carga antes de que salga del puerto extranjero, y por eso el plazo importa tanto como la exactitud.
La obligación recae en la naviera que llega a EE. UU. Según 19 CFR 4.7(b)(2), CBP debe recibir la declaración de carga electrónica del transportista de cualquier buque que tenga que hacer entrada en Estados Unidos. Si usted opera o fleta el buque, el manifiesto es suyo.
El NVOCC tiene dos caminos. Si tiene licencia o registro ante la Comisión Marítima Federal (FMC) y una fianza de transportista internacional con las condiciones de 19 CFR 113.64, puede transmitir directamente a CBP la información de su carga. Si no lo hace, debe entregar toda esa información a la naviera, que la reporta. Muchos NVOCC prefieren transmitir ellos mismos para no pasarle a la naviera los nombres de sus clientes ni los datos de sus conocimientos hijos.
| Parte | Qué dice la regla | Práctica habitual |
|---|---|---|
| Naviera que opera el buque | Debe transmitir la declaración de carga del buque (19 CFR 4.7(b)(2)). | Transmite los conocimientos máster y los hijos de los NVOCC que no transmiten. |
| NVOCC con licencia o registro de la FMC y fianza de transportista internacional | Puede transmitir su información directamente a CBP (19 CFR 4.7(b)(3)(i)). | Transmite sus conocimientos hijos por ACE. |
| NVOCC que no transmite | Debe entregar toda la información de la carga a la naviera. | Envía los datos de sus conocimientos hijos antes del corte. |
| Agente de carga (19 CFR parte 112) | No se considera NVOCC para esta regla. | Trabaja con la naviera o el NVOCC que emite el conocimiento. |
Para carga en contenedores, CBP debe recibir la declaración 24 horas antes de que la carga se embarque en el buque en el puerto extranjero. Son 24 horas antes de la carga, no antes del zarpe ni antes de la llegada a EE. UU. El NVOCC que transmite por su cuenta tiene el mismo plazo.
Hay dos excepciones. La carga a granel, es decir, carga homogénea suelta en la bodega como granos, petróleo, carbón o mineral, queda exenta del plazo previo a la carga. Los transportistas de carga fraccionada (break bulk) pueden solicitar a CBP una exención para la carga que califique. Para esa carga exenta, CBP debe recibir la declaración 24 horas antes de que el buque llegue a EE. UU. Los contenedores que viajen en el mismo buque siguen la regla de 24 horas antes de la carga.
Los elementos obligatorios están en 19 CFR 4.7a(c)(4). La mayoría de los problemas viene de unos pocos, así que conviene dominarlos:
Además, cada conocimiento de embarque necesita un número único de hasta 16 caracteres: el SCAC de cuatro caracteres del emisor seguido de hasta 12 letras o números. La regla dice que ese número no puede reutilizarse durante tres años desde su emisión.
Sea usted naviera o NVOCC que transmite, la rutina es parecida en cada salida:
Los mejores resultados se logran cuando el manifiesto sale de los mismos registros con los que su equipo emite el conocimiento de embarque. En el módulo ACE de GDZ-ISIS, por ejemplo, el manifiesto se envía a CBP directamente desde los conocimientos que ya están en el sistema, y se da seguimiento a aprobaciones, retenciones e inspecciones por embarque.
El reglamento es claro. El capitán que no entrega la información del manifiesto a tiempo, o que transmite información falsa, puede recibir sanciones civiles según 19 U.S.C. 1436, además de daños liquidados bajo la fianza de transportista internacional de $5,000 por cada infracción. El NVOCC que decide transmitir y no cumple el plazo, o envía datos falsos, enfrenta los mismos $5,000 por infracción bajo su fianza. Las condiciones de la fianza en 19 CFR 113.64 limitan estos reclamos a $100,000 por llegada del medio de transporte.
El dinero no es todo. La guía de manifiestos de CBP incluye entre las posibles medidas las retenciones de “no cargar” (Do Not Load), las retenciones para inspección y el decomiso. Explicamos cómo prevenirlas en cómo evitar multas y retenciones por el manifiesto ante CBP.
El manifiesto es solo una de varias transmisiones ligadas al mismo embarque. En importación corre en paralelo el ISF del importador, conocido como “10+2”; vea el ISF 10+2 para NVOCC y navieras. En exportación, el exportador o su agente presenta la información electrónica de exportación (EEI) en AES. Cada transmisión tiene un responsable distinto, pero todas usan la misma reserva, las mismas partes y los mismos datos de carga, y un registro único y coherente facilita cada una.
Si usted es un NVOCC y está decidiendo si transmitir por su cuenta, revise cómo su software para NVOCC maneja los conocimientos de embarque, las respuestas de CBP y las enmiendas, y confirme los detalles de la fianza y de la transmisión con su agente aduanal o con su representante de CBP.
El reglamento todavía habla del Automated Manifest System, mientras que CBP procesa los manifiestos marítimos en el Automated Commercial Environment, su ventanilla única. En la práctica ambos nombres se refieren al manifiesto marítimo electrónico que se envía a CBP.
Para carga en contenedores, CBP debe recibir la declaración 24 horas antes de que la carga se embarque en el puerto extranjero. La carga a granel y la fraccionada exenta vence 24 horas antes de que el buque llegue a EE. UU.
Sí. Un NVOCC con licencia o registro de la FMC y una fianza de transportista internacional con las condiciones de 19 CFR 113.64 puede transmitir su información directamente a CBP. Si no, debe entregar toda la información a la naviera.
No. 19 CFR 4.7a dice que descripciones genéricas como “FAK”, “general cargo” y “STC” no son aceptables. Use una descripción precisa o la partida HTS a seis dígitos si el embarcador la proporciona.
El reglamento prevé daños liquidados de $5,000 por infracción bajo la fianza de transportista internacional, hasta $100,000 por llegada, además de posibles sanciones civiles. Confirme la práctica actual con su agente aduanal.