Toda empresa en EE. UU. que actúe como NVOCC o agente de carga marítima (ocean freight forwarder) necesita una licencia de la Comisión Marítima Federal (FMC), una prueba de solvencia financiera y, si es NVOCC, una tarifa publicada. Esto es lo que exigen las partes 515 y 520 del título 46 del CFR y cómo encajan entre sí.
La FMC usa intermediario de transporte marítimo (OTI) como término general para dos negocios. El agente de carga marítima (ocean freight forwarder), en Estados Unidos, despacha embarques desde EE. UU. por medio de un transportista común, reserva o gestiona espacio para ellos en nombre de los embarcadores y procesa la documentación. El NVOCC (transportista común que no opera buques) es un transportista que no opera los buques que llevan la carga y que actúa como embarcador frente a la naviera. En palabras sencillas, el NVOCC emite sus propios conocimientos de embarque y asume la responsabilidad de transportista ante sus clientes, mientras compra espacio a las navieras.
La diferencia importa porque cambian el monto de la fianza y, en la práctica, los trámites. Muchas empresas tienen ambas autorizaciones. Para los documentos que un NVOCC emite y transmite una vez que tiene licencia, vea nuestras guías sobre la transmisión del manifiesto ACE AMS y sobre el ISF 10+2.
Según 46 CFR 515.3, ninguna persona en Estados Unidos puede anunciarse, presentarse ni actuar como OTI sin una licencia vigente de la FMC. Una persona está “en Estados Unidos” si reside allí o está constituida u organizada bajo sus leyes. La regla cubre la publicidad, no solo la operación: un sitio web que ofrece servicios de NVOCC ya se está presentando como tal.
El NVOCC con sede en el extranjero tiene dos opciones. Puede registrarse ante la FMC como NVOCC extranjero sin licencia, con el Formulario FMC-65, o puede obtener una licencia abriendo una sucursal no constituida como sociedad, residente en Estados Unidos y habilitada para operar donde se ubica.
Todo empieza con la persona calificada (QI). Según 46 CFR 515.11, la QI debe tener al menos tres años de experiencia como OTI en Estados Unidos y la solvencia moral necesaria para prestar estos servicios. Quién puede serlo depende de la forma de la empresa: el dueño de una empresa individual, un socio administrador activo de una sociedad, un directivo activo de una corporación, o un miembro o gerente de una LLC.
Para evaluar la solvencia moral, la FMC puede considerar infracciones de leyes marítimas o de comercio, haber operado como OTI sin licencia, delitos graves y menores, quiebras no liberadas, gravámenes fiscales y sentencias, y la situación de credenciales TWIC o licencias de agente aduanal, entre otros factores.
La solicitud es el Formulario FMC-18, “Application for a License as an Ocean Transportation Intermediary”, que se presenta en el sistema en línea de la FMC. La FMC sugiere llenar primero su hoja de trabajo en papel, y el pago de la solicitud se hace después de enviar todas sus partes (FMC: solicitud de licencia o registro extranjero).
Nadie puede actuar como OTI sin presentar una fianza, una póliza de seguro u otra garantía en la forma y el monto que fija la FMC. Los montos en 46 CFR 515.21 son:
| Tipo de OTI | Solvencia financiera | Notas |
|---|---|---|
| Agente de carga marítima (EE. UU.) | $50,000 | Con licencia de la FMC. |
| NVOCC (EE. UU.) | $75,000 | Con licencia de la FMC. |
| NVOCC extranjero con licencia | $75,000 | Requiere sucursal en EE. UU.; la FMC indica que el anexo de la fianza debe incluir la dirección de esa sucursal. |
| NVOCC extranjero registrado (sin licencia) | $150,000 | Se registra con el Formulario FMC-65; responde estrictamente por sus empleados y agentes. |
La fianza cubre las actividades de transporte del OTI. Grupos o asociaciones de OTI también pueden dar cobertura grupal; en ese caso la solvencia del grupo es el menor entre el monto exigido para cada miembro y $3,000,000 en total. Cuando varias empresas usan un mismo nombre comercial, cada una necesita su propia prueba de solvencia.
La licencia no es el final. La FMC indica que todos los NVOCC que operan en el comercio de EE. UU. deben publicar una tarifa. Según 46 CFR 520.3, los transportistas comunes deben mantener abiertas al público, en sistemas automatizados, tarifas con todos sus fletes, cargos, clasificaciones, reglas y prácticas en sus rutas. La mayoría de los NVOCC usa un publicador de tarifas, lo que la regla permite.
Hoy, la mayoría de los precios de un NVOCC no vive en la tarifa publicada. La FMC exime de la publicación de fletes a los acuerdos de tarifa negociada (NRA) que cumplen 46 CFR 532.5. Un NRA debe constar por escrito, nombrar a las partes y a sus representantes, y estar acordado por ambas antes de que el NVOCC reciba la carga. El embarcador puede aceptarlo firmando, por comunicación escrita (incluido el correo electrónico) o reservando después de recibir los términos, si el NRA incluye el texto de aceptación que exige la regla en negrita y mayúsculas.
El NRA debe indicar la tarifa, los embarques a los que aplica y si se suman recargos, cargos accesorios o aumentos generales de la naviera. Las modificaciones después de recibido el primer embarque solo aplican a embarques aún no recibidos. Su tarifa de reglas sigue teniendo que publicarse, y los recargos que el NRA toma de ella quedan fijos mientras dure el acuerdo, salvo que se modifique.
La mayoría de las demoras en la licencia y de los problemas de cumplimiento de un OTI nuevo viene de unos pocos errores evitables:
Obtener la licencia es un proyecto de una vez; cumplir es trabajo diario. La FMC pide reportar dentro de 30 días los cambios a la información de la última solicitud, y presentar un nuevo Formulario FMC-18 para cambios como una nueva persona calificada, un nuevo nombre o estructura de la empresa, o una autorización adicional de NVOCC o de agente de carga.
En la operación, el riesgo es que se separen lo acordado, lo publicado y lo facturado. Tener cotizaciones, contratos, NRA y tarifas en un solo sistema ayuda. GDZ-ISIS para NVOCC, por ejemplo, tarifa automáticamente los conocimientos de embarque por línea, puerto, mercancía, tipo de equipo y cargo, y los compara con la cotización original. Si está montando un NVOCC nuevo, hable con GDZ sobre la parte de sistemas cuando la licencia y la fianza estén en marcha.
Sí, si está en Estados Unidos. 46 CFR 515.3 dice que ninguna persona en EE. UU. puede anunciarse, presentarse ni actuar como OTI sin licencia vigente de la FMC. El NVOCC extranjero puede registrarse, u obtener licencia mediante una sucursal en EE. UU.
46 CFR 515.21 fija la solvencia financiera en $75,000 para un NVOCC, $50,000 para un agente de carga marítima y $150,000 para un NVOCC extranjero registrado. Lo más común es demostrarla con una fianza.
Al menos tres años de experiencia como intermediario de transporte marítimo en Estados Unidos, además de la solvencia moral necesaria. Debe ser dueño, socio, directivo, o miembro o gerente de la LLC, según la forma de la empresa.
Sí. La FMC dice que todos los NVOCC en el comercio de EE. UU. deben publicar una tarifa, y 46 CFR 520.3(f) indica que no mantenerla resulta en la revocación de la licencia. Los fletes de los acuerdos de tarifa negociada que cumplen la regla están exentos de publicación.
Un flete nuevo o un cambio que aumente el costo para el embarcador no puede regir antes de 30 días calendario desde su publicación. Las rebajas pueden regir al publicarse.